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CON EL COMPROMISO DE NO SUICIDARSE

29 julio, 2010
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Empleo y Sociedad

CON EL COMPROMISO DE NO SUICIDARSE


CON EL COMPROMISO DE NO SUICIDARSE

La crisis económica que estamos sufriendo viene afectando particularmente a nuestro mercado de trabajo y, como consecuencia, a miles de trabajadores que acaban en el desempleo a través de despidos individuales, expedientes de regulación de empleo, o finalización de su contrato temporal. El desempleo, sin ninguna duda, es nuestro principal problema en la actualidad; no obstante, existen otros problemas en nuestro sistema productivo- que no debemos minusvalorar-, que evidencian numerosas disfunciones con incidencia en el ámbito de la seguridad y la salud en el trabajo: precariedad e inseguridad en el empleo; cambios impuestos en la organización del trabajo; reestructuraciones traumáticas; intensificación del trabajo; alargamiento de la jornada de trabajo; bajos salarios; escasa cualificación profesional; baja sindicalización…

La situación descrita resulta propicia para que aumenten los riesgos laborales, sobre todo los psicológicos, y por lo tanto los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales; en concreto se observa un considerable aumento del estrés laboral y del burn out (trabajador quemado), que pueden derivar, incluso, en el suicidio en el trabajo, que se convierte en época de crisis en “una forma socialmente aceptable de suicidio. Una forma aceptable y digna, justificada por el cumplimiento exagerado del deber y cometido laboral, es la inmolación en el trabajo, a base de superar, sin justificación de demanda externa los límites más extremos de autoexigencia laboral” (Gil Hernández, F. Tratado de Medicina del Trabajo. Citado por García González, G. Revista de Derecho Social, 50).

El ejemplo más brutal por su número se refiere a France Télécom. Su director general acaba de reconocer por primera vez el suicidio de un trabajador como accidente de trabajo. El empleado (arquitecto) dejó una carta en la que denunciaba una “sobrecarga de trabajo” y “una gestión basada en el terror de la empresa”. La compañía francesa se ha visto involucrada en los últimos años en una oleada de suicidios entre sus empleados que, según los últimos datos, ascienden a 58 trabajadores desde 2008. Según la inspección de trabajo del país galo, los suicidios están ligados a la “política de reorganización y mando”, puesta en marcha desde 2006, con el propósito de prescindir de 22.000 trabajadores en el proceso de privatización y de reorganización de la empresa, con la finalidad, según la empresa, de ser más competitiva.
Los médicos de la compañía y de la seguridad social ya habían alertado de esta situación “alarmante” a la empresa. El informe de los médicos denunciaba una organización laboral que provoca graves daños a la salud de los trabajadores, con métodos de gestión característicos del acoso laboral (El País.com, 14-07-2010).

En Taiwán, la empresa Foxconn Technology, proveedora de Apple, tras una oleada de 12 suicidios de trabajadores de entre 18 y 24 años, en su factoría de Shenzen, ha cursado una orden de la dirección por la que se pide a los empleados “un compromiso por escrito de no suicidarse” (¡!). Más allá de la pregunta sobre cómo tiene previsto sancionar la empresa a los incumplidores, parece que la dirección no ha considerado que las jornadas de 12 horas diarias, 6 días a la semana- que soportan los trabajadores, por poco más de un centenar de euros al mes-, tienen mucho que ver con el problema (Revista Por Experiencia, número 49. ISSTAS- CCOO).

En España, el juzgado de lo social, número 8 de Sevilla, ha calificado recientemente de accidente laboral el suicidio de un trabajador afectado por un expediente abierto por la empresa municipal de transporte de viajeros, TUSSAM, al considerar que participó en unos actos vandálicos durante la huelga de 2.007, que nunca se demostraron.
La sentencia enumera enfermedades del trabajador: crisis de ansiedad, dolencias abdominales, y estrés laboral, concluyendo que la situación anterior (al suicidio) fue lo que provocó un agravamiento del proceso patológico que llevó al enfermo al suicidio.

Estos ejemplos significativos demuestran que nos encontramos ante un posible agravamiento del problema relativo a los accidentes laborales y a las enfermedades profesionales, que puede acabar, incluso, en el suicidio. Sin lugar a dudas son un síntoma de los estragos del progreso y de las consecuencias de una vía baja de desarrollo económico y social basado en la intensificación del trabajo, los bajos salarios, y la precariedad. Esa es la única alternativa empresarial que se conoce para aumentar la productividad del trabajo, lo que significa abandonar en la práctica la investigación, la innovación tecnológica, la racionalización de costos, y la mejora de la organización del trabajo (Castillo J. J. y López P. Trabajo y Salud. FFLC, INSHT y Mutua La Fraternidad). Y todo ello se lleva a cabo a sabiendas de que una competitividad sin límites es una carrera que no se gana: no hay una llegada en la carrera hacia el abismo porque no se puede competir con el trabajo de esclavos.

Por eso, esta situación nos obliga a reconducir, de una vez por todas, el debate social sobre el aumento de la competitividad de las empresas y sobre las medidas para conseguirlo, porque además este debate tiene una gran influencia en la prevención de los accidentes de trabajo y de las enfermedades profesionales. Lamentablemente, la reforma laboral- en tramitación parlamentaria- es una ocasión perdida al decantarse claramente por los planteamientos empresariales más regresivos y nada competitivos.

También debemos tener en cuenta que, si bien el suicidio se comienza a reconocer como accidente de trabajo, tiene su origen, en muchas ocasiones, en enfermedades y conflictos derivados del trabajo. Por eso los sindicatos están haciendo especial hincapié en el reconocimiento de este tipo de enfermedades- que están infra declaradas y causan muchas más muertes que los accidentes laborales- ante el posible incremento de los diversos tipos de riesgo: biológicos, químicos, músculo esqueléticos, exposición a partículas ultra finas, y de estrés (causante de más del 50% de los días de trabajo perdidos en La UE), que se pueden traducir, finalmente, en lesiones profesionales poco conocidas en la actualidad, pero que pueden aparecer en el futuro, como ocurrió con el polvo de sílice (silicosis) y está ocurriendo con el amianto (cáncer y asbestosis).

Otro asunto, no menos importante, se refiere a la identificación- y por lo tanto a la prevención- del accidente y de la enfermedad profesional en trabajos inducidos (teletrabajo, empresas de trabajo temporal, subcontratación…) y a los relacionados con la economía informal (economía sumergida, falsos autónomos, e inmigrantes sin papeles), que deben ser abordados con mayor eficacia desde la inspección de trabajo, la fiscalía especial, las mutuas, y los sindicatos. Sin restar por ello importancia a la prevención de los accidentes y de las enfermedades profesionales en las microempresas, que representan más del 90% del tejido empresarial en nuestro país, y donde no llegan los sindicatos y la inspección de trabajo.

Finalmente, la prevención de los riesgos laborales pensada para trabajadores masculinos y jóvenes, en entornos industriales o de la construcción, debe adaptarse a los nuevos tiempos. La mayoría de las personas que trabajan en la actualidad lo hacen en el sector servicios, la población laboral tiende a envejecer, y la proporción de mujeres en la población activa está cerca de igualar a la de los hombres.

Por otra parte, en la mayoría de las actividades el accidente tradicional (caídas, golpes, atrapamientos…) tenderá a disminuir y adquirirán mayor importancia las enfermedades profesionales (sobre todo las psicosociales), algunas aún desconocidas y otras insuficientemente investigadas. Por eso es exigible que en el futuro se adopten mayores medidas preventivas cuando los datos científicos no permitan una determinación completa del riesgo y, en particular, se aplique el “principio de precaución” (sistema REACH, UE, 2007) que, por ejemplo, exige por primera vez, que una substancia química deberá acreditar su inocuidad para los trabajadores y los consumidores antes de introducirse en un proceso productivo, según publicita la Agencia Europea para la Seguridad en el Trabajo (Castejón, E. Trabajo y Salud. FFLC, INSHT, Mutua La Fraternidad).

En todo caso, una política encaminada a disminuir los accidentes laborales y las enfermedades profesionales – hasta situarlas al menos en la media de la UE-, y por lo tanto la eliminación del suicidio, sólo será efectiva cuando se integre en un modelo de desarrollo en el que el cuidado de la salud sea realmente un recurso productivo y no un mero efecto colateral más o menos asumible en términos económicos, y las empresas terminen por aceptar, de una vez por todas, el concepto de “trabajo decente, seguro, y con derechos” como un concepto rentable, incluso en términos económicos.

Un nuevo modelo productivo que reafirme el valor que representa “la centralidad del trabajo” en un mundo globalizado- actualmente supeditado al poder financiero y especulativo-, porque, a pesar de las dificultades actuales, no estamos ante el fin de la sociedad del trabajo; “ni siquiera ante una cesión del papel del valor trabajo: trabajo fluido, disperso, invisible, intensificado, desregularizado; pero, trabajo al fin” (Juan José Castillo).

Antón Saracíbar

Fuente: Sistema Digital.

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