Nota de la Redacción: Hemos recibido al correo electrónico de nuestra redacción este interesante artículo, realizado por la FETE-UGT de Valencia, del cual os proporcionamos un extracto y al final un link para que os podais descargar el artículo completo, si así lo deseais. Agradecemos la colaboración de un histórico socialista para nuestra modesta pero combativa revista. Gracias sinceras compañero Alfredo y un cordial saludo socialista.
ALFREDO LIÉBANA COLLADO
Profesor de Secundaria
Profesor de Secundaria

La Federación de Enseñanza de UGT, como otras organizaciones en la República, sufrió una persecución con saña en la fase posterior a la GuerraCivil, en un intento manifiesto de aniquilación, proceso en el que muchos de sus miembros fueron detenidos, torturados, en algunos casos juzgados y condenados por la actividad sindical, asesinados sin más en otros muchos casos y en algunos sufrieron largas condenas de prisión o perdieron sus derechos administrativos como funcionarios parcial o totalmente. El Real Decreto-ley 10/1976, de 30 de julio, sobre amnistía subsanó parte de la situación producida al dar por olvidado todo tipo de delito enjuiciado en la dictadura por razones políticas o sindicales, pero de ninguna manera se produjo un reconocimiento de la situación de injusticia en que fueron juzgados; en el afán de reconciliación, la izquierda aceptó una situaciónde clara desventaja, en el ánimo de encontrar ese punto necesario de la convivencia. Por lo tanto, la ley de amnistía es una ley del olvido, no de la justicia.
El actual proyecto de Ley aprobado por las Cortes Generales pretendepaliar algunas de las injusticias que todavía no han solucionado las diversas medidas que han ido discretamente complementando enestos años pasados la amnistía, como lo fue la reintegración de los funcionarios separados por expediente (muchos profesores de Universidad, de Secundaria y sobre todo Maestros, que pudieron reincorporarse después de 40 años de expulsión y en la mayor parte de los casos sólo alcanzaron el derecho a tener una jubilación), el reconocimiento de pensiones a los militares quehabían luchado en el bando perdedor, [....]
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